diciembre 17, 2021

BOE-A-2021-20854 Resolución de 23 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Anticimex.

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Anticimex.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Francisco Javier San Martin Rodríguez, don Josep Valls Baro, don Francisco Javier Bericat Bonet y la entidad «Anticimex 3D Sanidad Ambiental, SAU» según resulta de escritura otorgada ante el notario de Madrid don Ángel Almoguera Gómez el 3 de diciembre de 2020 con el número 4894 de protocolo subsanada por otra otorgada ante el mismo notario el 21 de julio de 2021 protocolo 3341.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Jesús Serra Santamans, 5 3.ª planta, 08174 San Cugat del Valles, Barcelona y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil tres euros (30.003 €). La dotación es dineraria y ha sido totalmente desembolsada según se acredita con la certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Fomento de acciones y dar visibilidad a investigaciones, desarrollo de actividades e iniciativas para la mejora del medio ambiente y la sostenibilidad de nuestro entorno reduciendo el impacto medioambiental de la actividad del control de plagas.

Promover en el ámbito principalmente público, la formación y desarrollo de actividades relacionadas con el control de plagas de forma ecológica, sostenible y con el máximo respeto a las personas.

Impulsar y desarrollar acciones culturales y formativas relacionadas con el Mantenimiento del medio ambiente.

Fomento e integración de los trabajadores discapacitados en el ámbito laboral.

Quinto. Patronato.

Don Francisco Javier San Martín Rodríguez, don Josep Valls Baro, don Francisco Javier Bericat Bonet y la entidad «Actimex 3D Sanidad Ambiental, SAU».

Cargos:

Presidente: Don Josep Valls Baro.

Vicepresidente: «Actimex 3D Sanidad Ambiental, SAU» que nombra como persona física representante a don Josep Valls Baro.

Secretario: Don Francisco Javier San Martín Rodríguez.

Tesorero: Don Francisco Javier Bericat Bonet.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 19 de julio de 2021.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Anticimex Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante el Secretario de Estado del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 23 de septiembre de 2021.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.

Source

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Privacidad y cookies
Copyright Notarias.eu 2021
linkedin facebook pinterest youtube rss twitter instagram facebook-blank rss-blank linkedin-blank pinterest youtube twitter instagram