marzo 7, 2023

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Acción, Desarrollo y Sostenibilidad.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación citada fue constituida por don Francisco Asís Moreno Arangüena y la Asociación Acción, Desarrollo y Sostenibilidad, según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Madrid, don Pedro Luís Gutiérrez Moreno, el 22 de diciembre de 2021, con el número 3.066 de protocolo, complementada por otra otorgada ante el mismo notario, el 7 de octubre de 2022, de protocolo 2.593.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Marqués de Monteagudo, 20, Puerta 25, 28028 Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada totalmente según se acredita con la certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Promover la disminución de las diferencias entre países en desarrollo y países económica y socialmente más avanzados, mediante la mejora de las infraestructuras que garanticen el acceso al agua, seguridad alimentaria, educación y salud.

La promoción de la cultura y el desarrollo social de las regiones con población desfavorecida y especialmente en el ámbito de la protección a la infancia, juventud y tercera edad.

La promoción de la formación integral de los sectores de la población más vulnerables y socialmente marginados.

Favorecer la integración social de las personas adultas mayores, personas con discapacidad y de todas aquellas que padezcan enfermedades graves.

Promover programas y acciones de desarrollo de acción social, servicios sociales y sensibilización.

Fomentar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

Quinto. Patronos.

Don Francisco Asís Moreno Arangüena, don Pablo Moreno Arangüena, doña Amalia Sánchez Rodríguez, don Jorge Serra Rosell, doña María Dolores Roldán Tapia, don Andrés Camacho Verdejo y don Arístides Bermejo Hernández.

Cargos:

Presidente: Don Francisco Asís Moreno Arangüena.

Vicepresidente: Don Jorge Serra Rosell.

Secretaria: Doña Amalia Sánchez Rodríguez.

Tesorero: Don Andrés Camacho Verdejo.

Vocales: Don Pablo Moreno Arangüena, doña María Dolores Roldán Tapia y don Arístides Bermejo Hernández.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de Fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de competencia estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de Fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 9 de enero de 2023.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de competencia estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Acción, Desarrollo y Sostenibilidad patronato y cargos dentro del mismo.

Madrid, 23 de enero de 2023.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.

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